El apoyo a las empresas de inserción, una estrategia de activación

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Las administraciones vascas han apostado claramente por el fomento de las empresas de inserción como estrategia de activación y como mecanismo para materializar el principio de doble derecho sobre el que se asienta el sistema vasco de garantía de ingresos e inclusión social. Este artículo describe las principales características del programa de ayudas que desarrolla en este ámbito el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco.

El Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social, se asienta en un modelo de doble derecho: el derecho a la protección económica para cubrir las necesidades básicas y el derecho a la inserción sociolaboral. Para ello, el Sistema integra dos componentes esenciales: las prestaciones económicas (RGI, PCV y AES), por una parte, y los instrumentos orientados a la inclusión social y laboral, por otra. Se trata de apoyar las medidas necesarias para contribuir a la inserción de quienes carezcan de los recursos suficientes para desarrollar una vida independiente. En la medida de lo posible se desea que dicha incorporación lo sea al mercado laboral normalizado.
Desde el Departamento se ha apostado por el desarrollo de políticas activas de empleo, particularmente orientadas a los perceptores de las prestaciones económicas. Además de la aplicación de estímulos al empleo, el impulso a la elaboración de protocolos de colaboración entre el Servicio de Empleo Lanbide y los servicios sociales de base para mejorar los procesos de derivación entre ambos sistemas y para colaborar en los procesos de intervención conjunto o la subvención de actividades en el área de la inclusión social y la participación en programas de inserción laboral (empleo-formación), esta apuesta se materializa mediante las ayudas a la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción. En el Registro de empresas de inserción figuran actualmente inscritas 45 entidades: (37 registradas en la sección de sociedades mercantiles y ocho en la de sociedades de economía social). El número total de puestos de trabajo para personas en proceso de inserción financiados por el Departamento con este programa alcanza los 450 puestos.
Las empresas de inserción se constituyen en uno de los instrumentos en el proceso de inserción socio-laboral de personas en riesgo de exclusión. Estas empresas proporcionan una serie de intervenciones de apoyo, seguimiento y acompañamiento social que facilitan la adquisición de hábitos sociales y de trabajo, que mejoran la empleabilidad de las personas participantes y que resultan indispensables para su inclusión en el mercado laboral.
Ayudas a las empresas de inserción
La principal herramienta para el fomento de estas empresas son las ayudas para la creación y sostenimiento de las Empresas de Inserción que el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco otorga tanto para promover la creación de empresas de inserción, como para apoyar su sostenimiento. Para poder acogerse a las ayudas establecidas, las actuaciones subvencionables deberán ir referidas a centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con independencia de que las entidades promotoras privadas sin ánimo de lucro y/o las empresas de inserción que sean beneficiarias de las ayudas tengan o no su sede social en el País Vasco.
Pueden acogerse a las ayudas destinadas a la creación de empresas de inserción las entidades promotoras privadas sin ánimo de lucro a las que se refiere el artículo 7 del Decreto 182/2008, de 11 de noviembre, por el que se regula la calificación de las empresas de inserción, se establece el procedimiento de acceso a las mismas y su registro, las entidades locales o las agencias de desarrollo local o comarcal. Las ayudas destinadas a la creación de empresas de inserción consisten en subvenciones para la realización de estudios de mercado que contemplen la viabilidad de su creación. Esta subvención financia hasta el cincuenta por ciento (50%) del coste de los mismos, con un límite máximo de seis mil euros. La concesión de esta subvención obliga a la entidad beneficiaria a realizar el estudio de mercado dentro del ejercicio presupuestario en el que se concede y, si resulta viable el proyecto, a crear la empresa de inserción en el plazo de un año a contar desde la fecha de finalización del estudio de mercado.
A su vez, pueden acogerse a las ayudas destinadas al sostenimiento de empresas de inserción, las empresas de inserción definidas en el artículo 4 del Decreto 182/2008, de 11 de noviembre, por el que se regula la calificación de las empresas de inserción, y se establece el procedimiento de acceso a las mismas y su registro. En concreto, pueden ser objeto de las ayudas destinadas al sostenimiento de las empresas de inserción las siguientes actuaciones:

  • inversiones en activos fijos orientadas a la creación o al mantenimiento de puestos de trabajo destinados a personas en proceso de inserción;
  • creación y mantenimiento de puestos de trabajo destinados a personas en proceso de inserción;
  • creación y mantenimiento de puestos de trabajo destinados a técnicos de acompañamiento a la producción;
  • creación y mantenimiento de puestos de trabajo destinados a técnicos especializados en acciones de acompañamiento a la inserción;
  • asistencia técnica y
  • formación.

Desde 2003, el Gobierno Vasco ha distribuido a través de esta línea de ayudas un total de 40,1 millones de euros, con una media de 32 ayudas anuales y cerca de dos mil personas beneficiarias.
[Artículo publicado en el Boletín Gizarteratuz nº 3]
Fuente: Gizatea