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El Gobierno Vasco aprobará en breve el decreto que regula la Mesa de Diálogo Civil

El pasado marzo se presentó oficialmente la Mesa de Diálogo Civil, en la que participan, junto al Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, representantes de las principales redes y federaciones del tercer sector de acción social que trabajan en Euskadi (entre ellas, REAS Euskadi). La Mesa, que viene trabajando desde julio de […]

13 julio 2012

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El pasado marzo se presentó oficialmente la Mesa de Diálogo Civil, en la que participan, junto al Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, representantes de las principales redes y federaciones del tercer sector de acción social que trabajan en Euskadi (entre ellas, REAS Euskadi).

La Mesa, que viene trabajando desde julio de 2009, surge con el objetivo de posibilitar la participación del tercer sector en la definición de las políticas sociales en la CAPV y supone un paso adelante en la articulación del diálogo entre las entidades sin fin de lucro y la Administración. Tras más de dos años de andadura, el Gobierno avanza ahora en la definición del decreto que regula el funcionamiento de este órgano de participación social.

El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco ha venido manteniendo, desde julio de 2009, una intensa relación de colaboración y diálogo con las entidades del tercer sector de acción social, en torno a temas muy significativos vinculados con el progreso de las políticas y los servicios sociales (desarrollo y aplicación de la Ley de Servicios Sociales, coordinación sociosanitaria, seguimiento de la labor del Gobierno en aspectos tales como el envejecimiento, la dependencia, la discapacidad o las políticas de inclusión activa, entre otros). Esta relación adquirió carta de naturaleza el pasado marzo, con la constitución oficial de la Mesa de Diálogo Civil, integrada por representantes de las principales redes y federaciones del tercer sector de acción social, y el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales.

El objetivo de la Mesa de Diálogo Civil es lograr acuerdos que influyan en el diseño y la ejecución de las políticas públicas en el ámbito de los asuntos sociales, así como canalizar y articular la participación de las entidades del tercer sector en la definición de las políticas sociales, de acuerdo a lo que establece la propia Ley de Servicios Sociales. La Mesa se configura en la línea de los órganos consultivos establecidos en otros países o comunidades de nuestro entorno, como, por citar un ejemplo, la Taula d’Entitats del Tercer Sector de Catalunya.

En estos momentos, participan del diálogo civil las siguientes redes y federaciones del tercer sector de acción social:

  • Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo de Euskadi.
  • EAPN Euskadi (Red de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión).
  • Elkartean (Confederación Coordinadora de Personas con Discapacidad Física del País Vasco), miembro de EDEKA (Coordinadora Vasca de Representantes de Personas con Discapacidad).
  • FEDEAFES (Federación de Euskadi de Asociaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental), miembro de EDEKA (Coordinadora Vasca de Representantes de Personas con Discapacidad).
  • FEDERPEN (Federación de Asociaciones Provinciales de Pensionistas y Jubilados de Álava, Gipuzkoa y Bizkaia).
  • FEVAS (Federación Vasca de Asociaciones a Favor de las Personas con Discapacidad Intelectual).
  • Gizatea (Asociación de Empresas de Inserción del País Vasco).
  • Harresiak Apurtuz (Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales de Euskadi de Apoyo a Inmigrantes).
  • Hirekin (Asociación de Entidades de Iniciativa e Intervención Social de Euskadi).
  • Hirukide (Federación de Asociaciones de Familias Numerosas de Euskadi).
  • LARES Euskadi (Asociación Vasca de Residencias y Servicios de Atención a los Mayores-Sector Solidario).
  • ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles), miembro de EDEKA (Coordinadora Vasca de Representantes de Personas con Discapacidad).
  • REAS Euskadi (Red de Economía Alternativa y Solidaria).

Decreto regulador

Una vez constituida la Mesa, se ha avanzado en los últimos meses de forma sustancial en la redacción del decreto por el que se constituye y regula la Mesa de Diálogo Civil, que pasa a configurarse como el máximo órgano de carácter consultivo y de participación institucional del tercer sector de acción social en el ámbito de la CAPV. El decreto define la misión de la Mesa –incidir en las políticas sociales de Euskadi con el objetivo de mejorar el bienestar de las personas con necesidades sociales no cubiertas y conseguir su plena inclusión– y plantea también como objetivo de ésta vertebrar y fortalecer al propio tercer sector social, para lograr la consolidación de las entidades y el reconocimiento de su acción por parte de las administraciones públicas y el conjunto de la sociedad vasca.

El borrador de decreto establece que la Mesa estará compuesta por catorce miembros, en representación del tercer sector de acción social, así como las personas que ostenten el cargo de consejero/a y viceconsejero/a del área de Servicios Sociales. La Mesa contará además con una secretaría técnica, y se podrán constituir en su seno grupos de trabajo o ámbitos de discusión específicos. Entre las funciones del nuevo órgano de participación, destacan la de emitir informes sobre iniciativas legislativas de origen gubernamental específicamente relacionadas con la participación social y el voluntariado, la promoción de la solidaridad, los derechos sociales, la inclusión, la cohesión social, la diversidad y la integración social y el empleo; formular propuestas al Gobierno sobre líneas estratégicas y prioridades de actuación de las políticas dirigidas a los colectivos objeto de su intervención; elaborar dictámenes, resoluciones, recomendaciones o informes, por propia iniciativa, o a petición del Gobierno o el Parlamento; realizar aportaciones a las evaluaciones de los instrumentos de planificación del Gobierno en el ámbito objeto de su actuación; o realizar investigaciones relativas al tercer sector y en ámbitos específicos de especial interés de la Mesa; así como desarrollar un centro de documentación sobre el tercer sector.

Acuerdo relativo al Decreto de Concertación

Uno de los primeros aspectos en los que ha participado la Mesa de Diálogo Civil ha sido la definición del decreto por el que se establece el régimen de concierto del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Efectivamente, el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales ha negociado con la Mesa de Diálogo Civil el contenido del decreto que regulará esta cuestión y en virtud del cual, de acuerdo a la Ley de Servicios Sociales, se regirá la concertación de los servicios sociales de responsabilidad pública con entidades de carácter social.

A la hora de concertar los servicios de responsabilidad pública, esa futura regulación dará preferencia a entidades sociales de carácter no lucrativo, si bien, obviamente, la posibilidad de concertar servicios de responsabilidad pública no se restringe o limita a este tipo de entidades.

El objetivo del decreto, presentado en mayo a la consideración del Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales, es dar estabilidad y seguridad a aquellos servicios que hasta la fecha venían prestando organizaciones sociales no lucrativas, que muchas veces han sido pioneras y se han adelantado a las administraciones a la hora de cubrirlos. La fórmula de la concertación va a reconocer ese trabajo de la iniciativa social y lo va a preservar, ofreciendo cobertura a situaciones que ya se daban de hecho y que la administración respaldaba mediante contratos de gestión y subvenciones a las entidades que los cubrían.

En ese sentido, el decreto establece, por una parte, la reserva de conciertos a favor de las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro declaradas de interés general; y por otra, la obligación para las administraciones públicas vascas de seleccionar, entre las entidades aspirantes a prestar un servicio, a aquellas que, por razones de capacidad, experiencia o implantación en la zona, mejores y más ventajosas condiciones de eficacia, calidad y costes ofrezcan, dando prioridad, cuando existan análogas condiciones, a aquellas entidades de carácter no lucrativo. Se prevén también las condiciones especiales de ejecución que pueden introducir límites a la subcontratación por parte de la entidad concertada, con el fin de favorecer a entidades dedicadas a la integración laboral de personas con particulares dificultades de acceso al mercado de trabajo.

El decreto mantiene la figura del convenio, que queda en cualquier caso reservada a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro en aquellos supuestos en los que la singularidad de la actividad de la entidad o de la prestación o servicio del que se trate, su carácter urgente o su carácter innovador y experimental aconsejen no aplicar el régimen de concierto, y así se motive.

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